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En este apartado informaremos de las ayudas y subvenciones existentes en la actualidad para aquellas empresas que deseen extender o afianzar su negocio en internet a través de la creación de una págian web. De esta forma, se pueden solicitar ayudas económicas o encontrar ventajas fiscales para los desarrollos y diseños de páginas web que realiza Sitelicon.
Esta sección está en constante construcción y actualización. Última actualización 07 de septiembre de 2006.
La Cámara de Comercio de Madrid publica contínuamente en su página web todas las ayudas, programas y servicios que ofrece a las empresas madrileñas. En ellas se pueden encontrar todas las subvenciones activas para desarrollar páginas web.
En particular, para todas aquellas empresas que se dediquen a la exportación de productos y/o servicios, la Cámara de Comercio de Madrid posee el siguiente programa de apoyo, por el que se puede solicitar hasta un máximo de 1200 euros por empresa y año como ayuda para desarrollar la página web de su empresa.
Programa cameral de apoyos a las empresas exportadoras madrileñas
Información Deducciones Fiscales por Página Web
"La realización de determinadas inversiones y gastos posibilitaría la aplicación de la deducción prevista en el artículo 36 de la LIS para el fomento de las tecnologías de la información y de la comunicación, siempre que la entidad consultante cumpla los requisitos establecidos en el artículo 108 de la LIS, es decir, siempre que se encuentre en el ámbito de aplicación de los incentivos fiscales para las empresas de reducida dimensión, al no superar el importe neto de la cifra de negocios del período impositivo inmediato anterior los 6 millones de euros, teniendo en cuenta que cuando la entidad forme parte de un grupo, en el sentido del artículo 42 del Código de Comercio, el importe neto de la cifra de negocios se referirá al conjunto de entidades pertenecientes a dicho grupo.
De acuerdo con el apartado 1.b) del artículo 36 de la LIS, la deducción en la cuota íntegra sería del 10 por ciento del importe de las inversiones y de los gastos del período relacionados con la mejora de su capacidad de acceso y manejo de información de transacciones comerciales a través de internet, así como con la mejora de sus procesos internos mediante el uso de tecnologías de la información y de la comunicación, que se especifican a continuación...
b) Presencia en internet, que incluirá:
1º. Adquisición de equipos, con software y periféricos asociados, para el desarrollo y publicación de páginas y portales web.
2º. Realización de trabajos, internos o contratados a terceros, para el diseño y desarrollo de páginas y portales web.
3º. Instalación e implantación de dichos sistemas.
4º. Formación del personal de la empresa para su uso.
Así, los gastos correspondientes a la creación, desarrollo, instalación e implantación de la página web, que proporcionen presencia en Internet, podrán acogerse a la deducción prevista en el artículo 36.1.b) de la LIS, en los términos en él regulados, sin que la deducción pueda alcanzar los gastos e inversiones relacionados con su posterior mantenimiento."
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